Se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOPZ.

Los interesados pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales (oficina de información) para que se formulen las alegaciones que estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

ordenanzas fiscales 2020